lunes, 12 de noviembre de 2007

Una breve mirada a los Acuerdos de Paz desde una perspectiva de los DESC

Evaluación de los temas económicos y sociales de los acuerdos de paz en su 15° aniversario

Lamentablemente, después de quince años de la firma de los Acuerdos de Paz, entre representantes del Gobierno de El Salvador y representantes del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional, realizados en el Castillo de Chapultepec, México. La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (en adelante, “PDDH”) considera, que tales acuerdos han sido cumplidos parcialmente, que existen tareas que no pueden ser pospuestas para siguientes gestiones públicas; ya que, al no cumplirlas, se estaría obstaculizando la consolidación de la democracia, como la forma de gobierno que más se acerca a garantizar el desarrollo pleno de la personalidad y el respeto de la dignidad humana.

El pueblo salvadoreño puede enorgullecerse, hasta este momento, que dentro del espíritu de los Acuerdos de Paz, sólo se haya cumplido “impecablemente”[1] su primer objetivo: el cese del enfrentamiento armado. De acuerdo al teórico de la Paz, Johan Galtung, este tipo de Paz es llamada “negativa”, tendencia predominante en occidente que pone el énfasis en la ausencia de violencia directa a causa de una guerra[2].

Sin embargo, sigue siendo una deuda pendiente, la superación de las causas que generaron el conflicto armado, identificadas con alcanzar otro tipo de Paz, que asegura la consecución de la justicia social y el mejoramiento de las condiciones de vida de las grandes mayorías, punto de partida y de llegada de la actividad del Estado[3].

De acuerdo a Galtung, este tipo de Paz se denomina “positiva”, y se refiere a la ausencia de violencia estructural, es decir, una violencia generada por la desigualdad existente dentro de la sociedad que impide a las personas satisfacer sus necesidades fundamentales espirituales y materiales[4].

Hoy por hoy, las causas estructurales económicas y sociales que dieron origen al conflicto armado se encuentran vigentes. Por lo tanto, urge retomar el camino trazado por dicho acuerdos, asumiendo verdaderos compromisos, que nos lleven a consolidar la democracia; el desarrollo social; el crecimiento económico; y el respeto irrestricto de los derechos humanos.

Cuatro gobiernos, no han sido capaces de cambiar la historia de marginación y exclusión social que ha caracterizado a las grandes mayorías salvadoreñas. Las administraciones públicas, han demostrado su autoritarismo en afirmar que tales acuerdos se encuentran cumplidos y finiquitados; y su indiferencia ante la injusticia social, dejando en segundo plano la atención a ciertos puntos que han quedado rezagados[5]. Y más grave aún, manifestar públicamente, con claras contradicciones en su pretendido discurso democrático, que “ningún aspecto de estos acuerdos, debe ser cuestionado después de 15 años”[6].

La PDDH, considera que la realidad fáctica de la población salvadoreña, sobre todo en su situación económica y social, dista en mucho de un balance positivo en el cumplimiento de dichos acuerdos. Al contrario, esta institución que monitorea la actividad del Estado en el cumplimiento de los Derechos Humanos, confirma que la desigualdad y marginación social se han profundizado. En este sentido, el país se encuentra lejos de alcanzar el ideal planteado en esa inmejorable oportunidad de concertación nacional: lograr la refundación de una sociedad democrática[7].

La Procuraduría retoma en este punto, la idea que la democracia puede ser teorizada como una forma de vida: “[…] no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo […]”[8]. Asimismo, faculta a la sociedad a exigir políticas que amplíen las oportunidades sociales y económicas, además, de permitir el debate nacional que haga posible identificar los problemas de la sociedad y defina las prioridades ha resolver. En esta lógica, la democracia es necesaria; ya que, permite que los derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales de nuestras sociedades, se desarrollen armónicamente.

Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) son "auténticos derechos humanos fundamentales"[9], que se vinculan directamente con los Acuerdos de Paz; ya que, determinan la profundidad y consolidación de la democracia; y la estabilidad socio-política del país[10]. Tal como lo expresa la Carta Democrática Interamericana, en su artículo 11: “la democracia, el desarrollo económico y social son interdependientes; y se refuerzan mutuamente”.

Por lo tanto, la PDDH considera, que la democracia real no se reduce únicamente al crecimiento económico y el respeto a las libertades cívicas y políticas como lo han querido establecer el actual gobierno[11], sino sólo a través del cumplimiento de las obligaciones jurídicas en materia de DESC, que son consustanciales al crecimiento económico en equidad y el desarrollo social.

Así, el Estado debe organizarse sobre la base del funcionamiento de un orden económico y social que realmente promueva y garantice permanentemente el desarrollo humano sustentable. Considerando para lograrlo, un crecimiento sostenible, la equidad en la distribución de la riqueza, la mejora en la calidad de la vida y el bienestar de la población. Únicamente, de esta forma, se avanzará en la transformación profunda del Estado, con miras ha alcanzar los objetivos de los Acuerdos de Paz: “democratización, el respeto irrestricto de los derechos humanos y la reunificación de la sociedad salvadoreña.

En el país, todavía resulta ser un ideal alcanzar un Estado Democrático de Derecho, donde exista un Estado de bienestar que garantice el acceso gratuito a los servicios más esenciales; que cuente con una estabilidad económica al servicio de los más necesitados y se respeten las normas, sustento esencial para lograr la institucionalidad jurídica.

El artículo “Análisis de los acuerdos de paz”, del Doctor Víctor Valle, para el seminario CENITEC, 1992, pág. 9, nos ayuda a comprender este punto:

“La democracia que construyamos como hija directa de la paz tiene que ser capaz de dar respuesta a los problemas más esenciales de la población: empleo, estabilidad, confianza, salud, educación. No se puede construir un país, en ninguna parte del mundo, si la población no tiene al menos sus necesidades básicas cubiertas […]”.

En los últimos años, el actuar del Estado se ha caracterizado por ocupar un discurso demagógico, en el cual, se ofrece un país de oportunidades, donde el principio rector de la gestión actual es "Lo social no es complemento de nada: Lo social es la base de todo"[12]. Estas falsas promesas, quedan dentro de la democracia electoral, la realidad es diferente, los intereses del partido de gobierno “están orientadas a defender los intereses económicos y políticos de un pequeño grupo de poderosas élites empresariales”[13]. Por lo tanto, se hacen imposibles hacer realidad las ilusiones de la población salvadoreña a mejorar su nivel de vida, aumentando su ingreso y cubriendo sus necesidades básicas.

De esta manera, basta con señalar algunos ejemplos que acontecen en la cotidianeidad ciudadana, para desvirtuar la realidad social distorsionada que el gobierno pretende hacer creer[14]; y que, únicamente, consiguen evidenciar, la obstaculización del cumplimiento de la agenda de democratización y la construcción de un nuevo Estado de Derecho, donde se respete la institucionalidad jurídica y los Derechos Humanos.

Entre estas realidades ciudadanas, podemos mencionar ejemplos vivos, en materia de DESC: la pobreza o sobreviviencia de los sectores campesinos e informal urbano; el aumento del empleo informal y su desprotección social; la inminente expulsión de nacionales en búsqueda de un mejor proyecto de vida, a pesar de los riesgos y barreras culturales que le avecinan; el autoritarismo del Estado en determinar el rumbo de crecimiento económico sin equidad; el traslado de responsabilidades del Estado, cada vez más, a manos privadas; la desatención de la protección de los derechos humanos de las grandes mayorías; la sistemática exclusión social y la elevada confrontación.

La argumentación falaz que propone el gobierno, lamentablemente se suma a la cobertura mediática y festividades que se han realizado para la ocasión. Dichas festividades han sido utilizadas a la conveniencia de los políticos. De este modo, se ha desaprovechado la oportunidad para realizar un análisis serio de los avances y retrocesos en materia de DESC, y además, de proponer los temas de la agenda de democratización que no han sido cumplidos.

Al contrario, las autoridades gubernamentales han aprovechado estos espacios para hacer creer a la comunidad internacional que los Acuerdos de Paz son un “éxito” al “superar” los problemas que se enfrentaba[15]. Así como, en el plano nacional, específicamente en el propio Ejecutivo y Legislativo, donde han denominado este 2007, el año de la “Paz Social” y para confirmarlo, están pretendiendo firmar una Declaración de Paz Social[16] criticada duramente; ya que, contiene sólo un catálogo de “buenas intenciones”, que carece de operatividad y, por tanto, su futuro estará destinado a quedarse en el papel[17].

Asimismo, se reprocha con igual peso, que las celebraciones oficiales hayan dejado de lado a los verdaderos actores principales de la firma de la paz: las víctimas. Estos últimos, han sido los más olvidados, y son a los que se les debe la Paz, como ausencia de enfrentamiento armado[18].

En este sentido, es lamentable que después de quince años, la posición gubernamental sea mantener la impunidad en su máxima expresión, con la vigencia de la Ley de Amnistía[19]. A pesar, que diferentes organismos internacionales en materia de derechos humanos, se hayan pronunciado en contra de dicha Ley; aseverando que perjudicará gravemente la transición a la paz y la democracia[20].

Para la PDDH, en esta oportunidad, es momento para reflexionar sobre las intenciones últimas de los Acuerdos de Paz. Dicho evento concertador, sin precedentes en el país, fue diseñado y asistido por la Secretaria de Naciones Unidas a solicitud de las partes del conflicto; primordialmente para finalizar la confrontación bélica y, en un segundo plano, sentar las bases para generar importantes transformaciones políticas, jurídicas, económicas y sociales[21], que englobaban la grave situación de injusticia social, acompañante diario de la sociedad salvadoreña desde su Independencia; y que, hoy por hoy, sigue amenazando con ser perpetuada.

El primero de los objetivos señalados anteriormente, fue alcanzado después de la firma del acuerdo político. De esta manera, el proceso de transición de la guerra a la paz en El Salvador, fue señalado por Naciones Unidas y la comunidad internacional como un “éxito”, además de consignarse dentro de los modelos a seguir a nivel mundial[22]. Sin embargo, en los últimos años, en el seguimiento a los diferentes acuerdos relacionados con las Libertades y Derechos Civiles y Políticos, se han señalado avances y retrocesos en el proceso de democratización del país[23].

El segundo de los objetivos de los Acuerdos de Paz, relacionado con la reivindicación de los DESC, fue una tarea siempre pospuesta por las partes, a pesar que constituyeron una de las principales razones que originaron el enfrentamiento armado. Es en este campo, donde la PDDH opina que se identifica un balance negativo y, un casi nulo, avance de los Acuerdos de Paz, con graves consecuencias negativas para alcanzar la justicia social y una democracia real.

Esta falta de cumplimiento, es consecuencia, en primer lugar, por la propia configuración temática del proceso de negociación. De este modo, la inclusión a la agenda de negociación de los Temas Económicos y Sociales evidenció desde un principio un enorme vacío, en no haber circunscrito de manera apropiada, el abordaje de la situación económica en el país.

Ahora, se lamenta más que nunca, la mención del Secretario General de las Naciones Unidas, Boutros Boutros Ghali en su Informe de verificación presentado a las Naciones Unidas sobre el proceso de paz en El Salvador, relativo al Tema Económico y Social[24]: en este aspecto, los Acuerdos eran mucho menos detallados que en otros”[25].

El señor Secretario de Naciones Unidas, de esa época, tenía mucha razón. En la planificación de la agenda que incluía las temáticas a negociar, los problemas medulares que dieron origen al conflicto armado -- tema económico y social – en algunos casos, no fueron detallados concretamente y, en otros que si lo fueron, no existió voluntad política para cumplirlos, tal como habían sido pactados. Determinando así, el impacto efímero de tales Acuerdos en las causas estructurales del conflicto y, por ende, en las esperanzas de la población salvadoreña de alcanzar su desarrollo pleno.

Estas temáticas, tenían sobre su base, eliminar la injusticia social; empero, los acuerdos tomados quedaron cortos, tanto en su diseño como ejecución. Así, encontramos que los aspectos que se solucionaron fueron pocos y considerados los más inmediatos del conflicto[26].

Diversos estudios, han señalado deficiencias para cumplir los Acuerdos de Paz relativos a redefinir las condiciones inhumanas en que se debatía el sector campesino y obrero salvadoreño[27]. Así, la tenencia de la tierra fue uno de los principales motivos del conflicto armado que necesitaba ser resuelto. Empero, se evidenció que los resultados estructurales fueron pobres: a inicios del conflicto un 4% del total de propietarios de tierra en el país era dueño del 45% de la superficie cultivable; en la actualidad ese mismo 4% sigue siendo propietario del 40% de las mejores tierras, cien mil muertos y miles de desaparecidos sólo les pudieron arrebatar el 5% de sus propiedades[28].

Por otra parte, hace seis años todavía se consideraba que las dos terceras partes del crédito al sector agrícola era destinado a las actividades agrícolas relacionadas con el gran capital: café, caña de azúcar y productos exportables. Asimismo, la falta de políticas para aprovechar el desarrollo de las superficies agrícolas provocó el endeudamiento y su posterior condonación, del sector campesinado, beneficiado con la partición de tierras[29].

En resumidas cuentas, el tema económico y social fue trastocado en su ejecución y, en consecuencia, el conflicto social se transformó en otro. Así, del miedo a ser desaparecida o desaparecido por optar a una preferencia ideológica distinta a la que imperaba en el gobierno en aquel entonces, ahora fue sustituida por la aflicción por sobrevivir diariamente y, lo que es peor, el temor a formar parte de la fría estadística de homicidios por el alto índice de delincuencia y violencia que atraviesa el país.

Tan sólo algunos aspectos de carácter estructural, tuvieron espacio en el proceso de negociación-diálogo de la paz, tales como: la protección de los consumidores y la creación del Foro para la Concertación Económica y Social (FCES). Sin embargo, en la ejecución de estos temas, el principal obstáculo que impidió su fiel cumplimiento, como se mencionó anteriormente, fue la falta de voluntad de los políticos y grandes empresarios, para lograr achicar la brecha de las desigualdades sociales que; en gran medida, fue una de las justificaciones que motivó a varios sectores desposeídos de la sociedad, a la insurrección armada como la única alternativa para ser tomados en cuenta y lograr una vida digna[30].

Uno de los ejemplos, que evidenció la falta de voluntad de los mencionados sectores, y que pudo darle esperanza a las grandes mayorías fue: el sabotaje y boicoteo del funcionamiento del FCES[31]. La creación de este Foro, constituyó una de las propuestas centrales de los Acuerdos de Paz, que guardaban relación directa con las causas estructurales que dio origen al conflicto armado, y además, plena vinculación en materia de cumplimiento con los DESC.

El FCES[32] no funcionó como se pretendió en las negociaciones de los Acuerdos de Paz. En este sentido, no tuvo la incidencia que se esperaba en la solución de los problemas en el campo económico y social; únicamente, se limitó a abordar temas laborales[33] consiguiendo logros importantes, como la adopción de catorce convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sin embargo, al tratar de abordar temas que afectaban los intereses empresariales, como las libertades sindicales y el sistema económico neoliberal, este Foro fue suspendido por el gobierno[34].

Posteriormente, el gobierno reemplazó al FCES por el Consejo Superior del Trabajo (CSJ) instancia que fue criticada porque no aglutinó a todos los sectores sindicales que se encontraban inicialmente, y que, habían logrado protagonismo en la discusión de las políticas estatales en materia económica y social[35]. Asimismo, se le criticó la falta de resultados concretos que evidenciaran su funcionalidad, sobre todo, en el marco de los procesos de globalización y liberalismo económico y, en consecuencia, de las mismas relaciones de trabajo[36].

A partir de este momento, el sector empresarial y el gobierno fueron de la mano para desarrollar los procesos de privatización de importantes servicios públicos, tales como: energía eléctrica, telecomunicaciones y pensiones. Lo anterior, se tradujo en la afectación a la población consumidora y el desmantelamiento sindical de las instituciones públicas autónomas que fueron privatizadas[37].

La situación económica-social actual, de las mayorías salvadoreñas no se puede ocultar. De esta manera, el pueblo salvadoreño a diario, se debate entre la vida y la muerte a causa de las desigualdades sociales y económicas, ubicando a un importante porcentaje en la pobreza extrema y relativa.

En este sentido, la situación de la pobreza a nivel nacional es grave. Las cifras presentadas por el gobierno afirmaron que para el 2004, de los casi siete millones de habitantes, distribuidos en los catorce departamentos, de los cuales el 59.9% se encuentran ubicados en el área urbana, mientras que el 40.1% residen en el área rural[38]. La pobreza en el país, afectaba al 34.6% de la población siendo un 12.6% pobreza absoluta y un 22.0% pobreza relativa. La mayor concentración de pobreza se da en la zona rural, con un 43.7%, mientras es de 29.2% en la zona urbana[39].

Sin embargo, los datos oficiales señalados anteriormente no son totalmente fidedignos. De esta manera, el índice de pobreza retomado por el gobierno se basa en los elementos de la Canasta Básica Alimentaria (CBA), -- que determina la cantidad de alimentos energéticos y proteínicos necesarios para sobrevivir de acuerdo a una media nacional --, que no han sido actualizados desde hace 15 años, aunque se asevera que se han actualizado sus precios[40]. Por tal razón, el índice de pobreza relativa y extrema a nivel nacional de 34.6%[41], presentada por la última EHPM, es irreal.

Con estos datos, la posición gubernamental ante la erradicación de la pobreza, como obra del arte surrealista, asegura que existe una tendencia significativa a la reducción de esta brecha social[42]. Sin embargo, el Programa de de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), ha establecido que las cifras de disminución de la pobreza no han sido tan felices como las presentadas por el gobierno. El Informe sobre Desarrollo Humano 2003, estimó que los índices de pobreza fueron de 42.9%, por lo cual, “se ha cuestionado que el gobierno salvadoreño presente cifras con una reducción de 8 puntos porcentuales en el lapso de un año”[43].

Igualmente, estos índices de pobreza reflejan los altos niveles de desigualdad de ingreso en el país. De esta manera, para el Informe de Desarrollo Humano del PNUD de 2006, El Salvador, es uno de los países en Latinoamérica con alto grado de desigualdad de ingreso debajo de Guatemala, Brasil, Chile y México; presentando un Coeficiente de Gini[44] de 52.4%. Concretamente, para ilustrar la brecha de la desigualdad de ingresos, el 20% de la población más rica obtiene un 52.4%, mientras que el 20% más pobre de la población nacional, escasamente le corresponde una participación de 2.7%.

La situación es parecida, cuando se toma en cuenta los progresos hechos por el país en alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)[45]. El Salvador está comprometido a reducir la pobreza y el hambre, a la mitad de sus indicadores que tenía, en este campo, para los noventa, en el 2015. Sin embargo, hoy por hoy, en el tema de reducción de la pobreza –especialmente la rural – aparece como poco probable de ser alcanzado[46].

En otra vertiente, en cuanto al desarrollo humano, se han tenido retrocesos y avances en los últimos años. En el Informe sobre Desarrollo Humano de 2005 El Salvador ocupó el lugar 104 de 177 países evaluados, ubicado dentro de los países en “desarrollo medio”. Lo neurálgico en este Informe, es la comparación con el informe de 2004, que ubicó al país en el lugar 103, con el mismo parámetro; y en el 2003, estaba en el lugar 105, lo que implica que el avance que hubo de 2003 a 2004, reduciendo dos posiciones, fue retrocedido en el 2005 en una posición, en razón de la disminución en las capacidades más básicas para que el ser humano pueda desarrollarse dignamente.

Para ese entonces, el coordinador del informe de desarrollo humano para El Salvador, destacó que “hay algunos países en donde los niveles de progreso se han desacelerado de manera importante. Y uno de ellos es El Salvador”, reconociendo que en lugar de ir progresivamente a la garantía de esta clase de derechos, ha habido un retroceso considerable, con ello, configurándose un vulneración manifiesta a éstos.

Para el Informe sobre Desarrollo Humano de 2006, el país se recuperó y sobrepasó la posición alcanzada para el 2003, pasando de la posición 104 a la 101. Además, se experimentó una mejora en el índice de la pobreza humana y de ingresos de El Salvador, considerado todavía como “país en desarrollo medio”, se ubica en la posición 34 con un valor del 15.9%.

Otro indicador importante en desarrollo humano, es la Paridad del Poder Adquisitivo en Dólares de Estados Unidos de América (PIP per cápita), que se relaciona con el nivel de vida digno en los países.

En el Informe de 2005, El Salvador disminuyó de 4.890[47] a 4.781. Aunado a ello, en el mismo se reporta que el nivel de Educación para alcanzar un desarrollo alto es de 0.96, siendo en El Salvador dos décimas menor, es decir, 0.76. Para el 2006, se señaló que el país había aumentado en este indicador 0.26 puntos, de 4.781 a 5.041.

Si bien, El Salvador aún se mantiene en “desarrollo humano medio”, hace falta avanzar al menos cincuenta posiciones para gozar de un “desarrollo humano alto”, como otros países latinoamericanos entre ellos Argentina, Chile, Cuba, México, Costa Rica[48], Uruguay, Panamá; ya que para alcanzarlo deberá reportar, al menos, un índice de 0.895.

Asimismo, es preocupante que, el país sea catalogado dentro de los países que tienen una retardación en el crecimiento para alcanzar la meta de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (en adelante, “ODM”) en materia alimentaria[49]. Así, el indicador de insuficiencia ponderal, que determina el avance en la erradicación de este problema, ha determinado que en Latinoamérica “El Salvador es uno de los nueve países que ha retardado su combate contra el hambre, afectando a 20% de los menores de cinco años”[50].

Para que esta historia cambie, además de eliminar las enormes brechas de desigualdad en el acceso a los alimentos, es necesario garantizar un nivel alto de oferta interna de los mismos, generada por la producción, exportación e importación de productos alimenticios básicos para la subsistencia humana, por el país. El gobierno ha establecido una lógica de priorizar la inversión extranjera en el sector de servicios sobre el sector agropecuario[51]. Esto ha generado en los últimos años una desaceleración en la reactivación de este sector, provocando el mismo efecto en el avance de suministro de alimentos suficientes en la población[52].

De esta manera, la FAO ha establecido que El Salvador, Guatemala y Venezuela son la excepción a la tendencia Latinoamericana de aumentar considerable los niveles de oferta alimentaria. Determinando, que para el país, en la década pasada, existió un descenso de 2.4% con el consiguiente aumento de los niveles de desnutrición. Para el 2000, el índice de suministro alimentario disminuyó aún más, al 1.5%, constituyendo uno de los índices más bajos en Latinoamérica[53].

El actual gobierno ha tratado de revertir las situaciones antes señaladas. Concretamente, en el 2004, se emitió el Mapa de la Pobreza realizado por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), que tomó como base los datos de la última Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM) de 2004 realizada por la Dirección Nacional de Censos y Estadísticas (DYGESTIC), focalizando la pobreza en los municipios de todo el país, en tres agrupamientos de acuerdo a ciertas variables consideradas[54].

Obteniendo los resultados siguientes:

Agrupamientos Número de municipios

Número de Municipios

Tasa de pobreza extrema promedio

Tasa de retardo severo en talla promedio

Severa

32

49.9

4.8

Alta

68

35.6

4.5

Moderada

82

23.9

3.6

Baja

80

12.5

2.6

Fuente: Con base a FLACSO/FISDL (2004)

El anterior cuadro indica, cuatro tipos de agrupamientos, de menor a mayor incidencia. De este modo, la Pobreza Severa es la considerada la más crítica y la Pobreza Baja es la considerada menos crítica. Por lo tanto, podemos decir que 100 municipios del país se encuentran en una situación de pobreza crítica, posicionándose en los más altos puestos de tasa de pobreza extrema y retardo severo en talla, que son los indicadores principales que toma en cuenta este tipo de medición de pobreza.

El primer indicador, tasa de pobreza extrema, indica la brecha de la pobreza, medida utilizada mundialmente para determinar la capacidad adquisitiva de las familias para obtener bienes fundamentales para su subsistencia. El segundo indicador, tasa de retardo severo en talla, hace referencia a las deficiencias nutricionales de la población encuestada, que en gran medida, determina el desarrollo que debería tener una persona promedio en el país.

Con la identificación de los Municipios más pobres del país, el gobierno ha pretendido reorientar sus políticas públicas de desarrollo humano a estas localidades; sin embargo, los programas sociales implementados por el gobierno han sido criticados porque, no retoman los principios o fundamentos de los Derechos Humanos, negando todavía, la universalidad y gratuitidad de servicios esenciales de extrema urgencia.

En este sentido, en marzo de 2005, se hizo oficial el lanzamiento del Programa social de atención de familias en extrema pobreza de El Salvador, conocido también como “Red Solidaria”, que esperaría impactar en el próximo quinquenio en la situación de extrema pobreza de unas 100,000 familias.

Sin embargo, la PDDH ha considerado que uno de los principales contrasentidos de estos programas, que en apariencia buscan atender la vigencia de los derechos humanos de las personas más empobrecidas, pero que en el fondo, es una respuesta no completa o apegada a la teoría de los derechos humanos.

La Naciones Unidas, se ha sumado a estas críticas a las políticas públicas implementadas en El Salvador. En este sentido, han manifestado que los programas gubernamentales para erradicar la pobreza no son completamente efectivos o integrales como otros ejemplos de programas en América Latina[55]. De esta manera, el principal medio utilizado por los gobiernos para dotar a las personas de las capacidades que les permitan autosustentarse adecuadamente no son las transferencias monetarias sino la prestación directa de servicios gratuitos o subsidiarios y las transferencias en especie. Verbigracia, el programa de inclusión social “Misiones sociales” de Venezuela, el cual, es un programa que ha sido implementado desde un enfoque de los derechos humanos.

Asimismo, estos programas sociales nacen con un problema de mantenerse en el tiempo y cumplir con su cometido. Así, encontramos otros contrasentidos, en la falta de financiamiento permanente de estos programas por el erario público[56]. Esto refleja que el gobierno si bien mantiene su slogan de un país de oportunidades, no teniendo financiamiento para erradicar la pobreza muy difícilmente logrará superar las metas propuestas por Naciones Unidas para el 2015 en el área de pobreza y hambre.

Por lo tanto, las autoridades estatales deben hacer mucho más, en la medida de organizar su engranaje institucional para generar políticas transversales que garanticen una red ciudadana para atender directamente muchas de las necesidades básicas que integran el goce de una vida acorde con la dignidad humana.

En otra vertiente, las intenciones de los últimos cuatro gobiernos ha sido desarrollar un modelo económico excluyente, donde se antepone la lógica mercantil del libre mercado y la flexibilidad laboral al desarrollo de la personalidad humana y postergar el derecho a obtener una vida mejor.

De esta manera, el gobierno le ha apostado los últimos años a impulsar mejores respuestas a las economías globalizadas, como la atracción de inversión extranjera, otorgando exenciones tributarias en “zonas francas”[57]. Sin embargo, en los últimos años han sido puestas en “tela de juicio” por organismos internacionales y varios países, bajo los argumentos que: propician prácticas discriminatorias estatales; aplican incentivos fiscales solo a ciertos sectores y no benefician a otros, además que, no potencian un valor agregado en las industrias que ahí se desarrollan, como una mayor tecnificación del recurso humano, entre otros[58].

Este tipo de inversión, representó para el sector laboral, el empleo para 60,000 trabajadoras y trabajadores, representando el 18% de la totalidad de la fuerza laboral, convirtiéndose en una de las fuentes principales de nuevos empleos[59]. A parte de estas estadísticas de incidencia en la generación de empleo, representó también, aproximadamente el 59% de todas las exportaciones del país, de las cuales cerca del 95% fueron textiles o vinculadas al sector textil[60]. Y para confirmar su importancia decisiva en la economía del país, sólo el sector manufacturero aportó el 24 por ciento del PIB, para el 2004[61].

Esta apuesta estatal a este tipo de inversión, como punto clave para el desarrollo económico, creó un panorama de vulnerabilidad en la economía salvadoreña por la dependencia en demasía de la economía estadounidense y de las maquilas. Esto se evidencia ahora, en la preocupación de los últimos gobiernos de suscribir Tratados de Libre Comercio, ya sea, de manera bilateral, multilateral o asociativa, como una alternativa a la terminación del funcionamiento de estas empresas multinacionales en nuestro país. Este desasosiego gubernamental es real, porque estas empresas poco a poco se han ido retirando, debido a mejores ofertas para el funcionamiento de sus operaciones en otros países, principalmente en China, como a consecuencia del levantamiento de las restricciones impuestas en el mercado mundial[62].

En estos dos últimos años, las exportaciones nacionales han caído, especialmente en el rubro de las textiles. Al respecto, para el año 2004, dichas exportaciones incrementaron respecto al 2003 únicamente en $37 millones y, de este modo, sí la industria maquilera hubiera mantenido su ritmo, el monto se estimaba en $100 millones[63]. Para el 2005, el sector decreció aún más, en un 7%, a raíz del retiro de las maquilas textiles[64].

El impacto en el empleo de trabajadoras en su mayoría, y trabajadores es aún más preocupante. Para abril de este año, se reportaba la pérdida de unos 7,500 empleos sólo en la actividad manufacturera. En términos macroeconómicos, la pérdida de esta cantidad de empleos ha influido para que la tasa de desempleo en nuestro país haya aumentado un 18.8%, uno de los más altos registrados durante los últimos años[65]. Asimismo, ha provocado que el salario mínimo establecido para este sector, no sea mejorado de igual manera que otros sectores, en los últimos años, debido al riesgo de perder la competitividad en el mercado internacional[66].

Esta alternativa del gobierno salvadoreño de no mejorar las condiciones salariales de miles de trabajadoras y trabajadores, no es nueva. Anteriormente, el tema de la competitividad entre los países de la región centroamericana con respecto a la instalación de estas multinacionales, fue la mejor justificación de los últimos gobiernos, para no elevar salarios. La presión social, a raíz de las crisis económicas, fueron las determinantes para tomar la decisión de aumentar el salario a este sector, totalmente reprochable por no ajustarse a las necesidades reales que conlleve a obtener una vida digna.

El impacto en las pretensiones de mejoras salariales de las y los trabajadores no es el único problema. Uno de los motivos por los cuales, diferentes organismos internacionales no están de acuerdo con el funcionamiento de este tipo de modelo de inversión extranjera es que, la exención tributaria que gozan estas empresas llega alcanzar niveles preocupantes de tolerancia estatal ante violaciones sistemáticas de derechos laborales, entre los hechos más conculcados encontramos pésimas condiciones de trabajo, acoso laboral por metas insuperables, falta de prestaciones sociales y laborales, y represión a miembros de los sindicatos[67].

Otra realidad que afecta a la consolidación de la democracia, que obstaculiza la garantía a la estabilidad económica y social es la Migración. Así, el impacto es enorme, de acuerdo al World Economic and Social Survey 2004 sobre migración internacional, de Naciones Unidas, al inicio del siglo XXI unas 175 millones de personas, que representan casi el 3% de la población mundial, residen fuera de su país de nacimiento. Empero, para El Salvador los migrantes constituyen ya más del 20% de su población.

De esta manera, estos migrantes envían remesas al 22% de hogares salvadoreños, las cuales en total representan más del 16% del Producto Interno Bruto (PIB), el 133% de las exportaciones totales (incluida la maquila neta), el 52% de las importaciones (excluidas las de maquila), el 655% de la inversión extranjera directa, el 140% de la carga tributaria, el 91% del Presupuesto General de la Nación, el 202% del gasto social y el 86% de la brecha comercial.

Según especialistas del tema, la inmigración es un fenómeno que refleja sus causas en la incapacidad del Estado y el mercado regional de generar riqueza y distribuirla. Asimismo, el Estado salvadoreño al no frenar y fomentar esta tendencia a la inmigración, esta adoptando una posición errada de lograr el crecimiento económico. De esta manera, en el país se ha mantenido desde los últimos cuatro periodos presidenciales, la filosofía de lograr el crecimiento económico para luego contar con los recursos que resolverán los problemas sociales, tales como: la pobreza, la desigualdad, la mortalidad infantil, el analfabetismo, el desempleo, el deterioro ambiental o la inseguridad.

Esta visión neoliberal que prioriza el crecimiento económico sobre el desarrollo humano, deja a un lado el desarrollo de la dignidad de la persona, el cual debe ser en última instancia el objetivo central de toda política estatal. De esta manera, estos programas o proyectos gubernamentales, tienen que evaluar al desarrollo económico no en términos del dinero como tal, sino con relación a las opciones, las oportunidades y el grado de bienestar de los protagonistas del desarrollo, es decir la población del lugar.

Al privar a un país de esa fuente principal de riqueza, llevándola lejos, la migración internacional podría verse como la antítesis o como una hemorragia de desarrollo humano. La migración se produce en gran medida por la inseguridad y la escasez de empleo y oportunidades en el país de origen, dando lugar a que buena parte de la población económicamente activa busque una mejor suerte en los países más ricos. Los jóvenes que inician su vida productiva son especialmente propensos a migrar. Las familias se dividen, las comunidades se desarticulan, con tal de enviar a sus miembros más aventajados al encuentro del destino en una supuesta tierra prometida.

Es una realidad que las niñas y niños están cada vez más en la soledad sin su familia íntegra gracias a la emigración. Cada día salen 700 personas[68], excluidas por la opresión sistemática de la violación de sus derechos. De esta cifra se calcula que 60% son personas de 18 a 25 años de edad y 15% menores de 18 años. Si se considera que el 25 % restante son mayores de 25 años, prácticamente son madres y padres de familia. En una proyección moderada, se considera que alrededor de 60,000 familias[69] quedan desintegradas anualmente (falta de padre o de madre o de ambos), afectando directamente a la niñez en su desarrollo humano[70] y convirtiéndolos, aún más, en víctimas fáciles de maltratos psicológicos, físicos, violentos y de depredadores sexuales próximos al hogar[71]. La emigración hace, a través de la disminución de la protección familiar y el aumento de la desintegración de ésta, que las violaciones de derechos de la niñez sean más crueles y más constantes.

Con todo, se puede afirmar que lejos de existir un avance en el proceso de democratización del país; existe un deterioro progresivo del marco democrático de demanda de los DESC, dejando al lado cualquier intento de instaurar una experiencia de concertación sobre la vigencia de estos derechos en el país, especialmente en temas sensibles para la sociedad salvadoreña, como la salud, el trabajo, el agua, la vivienda y el transporte público, además, de afectar derechos fundamentales de importantes grupos poblacionales.

Esto lleva a concluir, que el Estado ha institucionalizado el desconocimiento de sus obligaciones de respeto y cumplimiento de los DESC; ya que, en vez de garantizar progresivamente su goce, existen muestras de retrocesos y debilitamiento de las condiciones garantistas a nivel nacional y la necesidad de que existan presiones internacionales para que avance mínimamente en el aseguramiento de tales derechos.

El gran desafió ahora para El Salvador es, realizar cambios estructurales en las actuales políticas económicas, sociales y culturales durante los siguientes años, partiendo de una premisa fundamental: “reconocer que todos y todas sin diferenciación de condición económica, social o política son titulares de derechos”.

Por lo tanto, debe de acabarse ya la tolerancia o indiferencia estatal de permitir la existencia de sectores excluidos del beneficio de estrategias de desarrollo. Mantener este cuadro de exclusión social, es reconocer por parte del Estado, que las grandes mayorías no son titulares de derechos, y de esta forma, el mismo Estado negaría la vigencia de un Estado Democrático de Derecho.

Finalmente, para la PDDH, la ansiada Paz que reclama el pueblo salvadoreño, no es la ausencia de guerra y la creación de instituciones que cumplen la estructura orgánica de una forma de gobierno democrático, es decir, una democracia formal. La Paz que ahora reclama, es la que forma parte de una nueva concepción de sociedad democrática real, dónde se cumplan los presupuestos de existencia de un Estado de bienestar, es decir, que se garanticen a plenitud todos lo derechos y libertades humanas, a través de la eliminación de las desigualdades y marginación social, dónde se priorice el desarrollo de la personalidad humana sobre los intereses particulares, dónde el acceso universal y gratuito de los servicios básicos no sea una utopía. Y que, todo aquel que reclame estos derechos sea perfectamente resarcido justamente.



[1] Handal, Comandante Shafik Jorge. Miembro de la Comandancia General del FMLN y Jefe de su Comisión Negociadora, Discurso pronunciado en el Acto de Fin del Proceso de Paz Armada. Pronunciado el 15 de diciembre de 1992, en el Castillo de Chapultepec, México.

[2] Galtung, Johan. Paz por medios pacíficos. Paz y conflicto, desarrollo y civilización, Gernika, 7 Bilbao, Bakeaz/Gernika Gogoratuz, 2003, pág. 3.

[3] Al respecto, el Título I, Capítulo único relativo a la persona humana y los fines del Estado, Artículo 1 de la Constitución de la República de El Salvador, se vuelve la carta de navegación en las actuaciones del Estado, señalándole la finalidad del Estado y sus correlativas obligaciones: “El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de al justicia, de la seguridad jurídica y del bien común” […] “En consecuencia, es obligación del Estado asegura a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social”.

[4] Ibíd. Supra.

[5] Véase el artículo periodístico del Diario el Mundo, Presidente Saca convencido que Acuerdos están finiquitados, publicado el día 16 de enero de 2007. Entre los puntos “rezagados” para el Presidente encontramos la pensión digna para los lisiados de guerra, etc. Para mayor información, consulte la página electrónica: http://www.diariocolatino.com/nacionales/detalles.asp?NewsID=15217

[6] Véase el artículo periodístico de la Prensa Gráfica, Saca reitera que no derogará Ley Amnistía, publicado el día 16 de febrero de 2007. Para mayor información consulte la página electrónica: http://www.laprensagrafica.com/nacion/717498.asp

[7] Naciones Unidas. Acuerdos de El Salvador: En el camino de la Paz. Preámbulo del Capítulo V de los Acuerdos de Paz, referente al Tema Económico y Social, página 80. La reunificación de la sociedad salvadoreña, en democracia, tiene como uno de sus requisitos el desarrollo económico y social sostenido del país. Al mismo tiempo, la reunificación de la sociedad salvadoreña y un creciente grado de cohesión social son elementos indispensables para acceder al desarrollo.

[8]

Análisis DESC junio 2007

ANÁLISIS SITUACIONAL DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES DEL MES DE JUNIO 2007

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos emitió en el mes de junio, recomendaciones a varias instituciones, en casos considerados “emblemáticos” en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC).

A continuación, se presentan en un Cuadro, las instituciones públicas señaladas y los Derechos Humanos afectados, con sus respectivos hechos violatorios, en los casos más representativos en materia de DESC. Luego, se realizará unos breves comentarios de las resoluciones señaladas y su incidencia en la formación de una cultura de respeto en derechos humanos en las instancias gubernamentales.

Autoridad señalada

Derecho afectado

Hecho violatorio

1

Director de Centros Penales (Exp. SS-0179-2007)

Derecho al Trabajo

Actos ilegales y arbitrarios atentatorios a la estabilidad laboral

2

Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Concejo Municipal de San Juan Opico (Exp. LL-0050-05)

Derecho a la Vida

Derecho a la Salud

Derecho al Medio Ambiente

3

Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Primera Sección de Oriente, dependencia del Centro Nacional de Registros; el Órgano Judicial y la Fiscalía General de la República (Exp. 01-0703-03)

Derecho a la Propiedad

Derecho a la Seguridad Jurídica

Derecho a la Justicia

1. Caso Odontóloga del Centro Penal de Apanteos en contra del Director de Centros Penales.

En este mes, la Procuraduría emitió una Resolución Inicial señalando a la Secretaria Jurídica de la Dirección de Centros Penales y otra funcionaria, como presuntas responsables de la violación al Derecho al Trabajo, por cometer actos ilegales o arbitrarios atentatorios a la estabilidad laboral[1], en contra de una empleada del Centro Penal de Apanteos.

En la relación circunstanciada de los hechos, la denunciante manifestó que fue acusada por las mencionadas autoridades de alterar certificados de incapacidad del seguro social. Posteriormente, le fue propuesto firmar una carta de renuncia, y que, en el caso que se negara, sería sometida a una investigación interna para comprobar los hechos imputados.

Tales actuaciones de las autoridades señaladas, de ser ciertas, demuestran un desconocimiento total de las garantías laborales que gozan las o los trabajadores que tienen un vínculo laboral con el Estado. Una de ellas, es la estabilidad laboral relativa, la cual se refiere a que exista una causal legal de remoción para proceder a la terminación de la relación de trabajo[2].

En anteriores ocasiones, la Procuraduría ha señalado que la estabilidad laboral se encuentra íntimamente relacionada con el derecho a la seguridad jurídica. De esta manera, se afirma que “el derecho a la estabilidad laboral, en general, representa un ámbito de seguridad jurídica para todo trabajador, que implica una protección contra remociones y otros actos que tiendan hacia ellas y que tenga carácter ilegal o arbitrario […]”[3].

La Sala de lo Constitucional, también comparte esta línea en su jurisprudencia: “para garantizar que el servidor público ajuste su actuación a los límites y los fines que establece la ley, e impedir así que favorezca intereses partidarios o ceda ante pretensiones o intereses de grupos privados, es indispensable que al empleado se le dote de un ámbito de seguridad jurídica. Este ámbito de seguridad se refleja desde una perspectiva subjetiva, en un derecho a la estabilidad laboral”[4].

Pero estas garantías laborales, no se agotan con la existencia de una causal de remoción, sino que existen una serie de mecanismos legales que aseguran un proceso justo e igualitario, y que, al final, tienen como resultado la declaración de responsabilidad o no del administrado. Lo cual en el caso, la autoridad lejos de garantizar la aplicación de tales mecanismos, la presenta como una opción en defecto de aceptar la renuncia voluntaria de la denunciante.

Por todo lo anterior, la Procuraduría recomienda, de ser ciertos los hechos alegados, que se abstenga a realizar actos ilegales y arbitrarios que atenten a la estabilidad laboral, ya que, constituye un grave retroceso en el goce al derecho al trabajo, lo cual contradice el principio de progresividad de los derechos humanos, y específicamente de los derechos económicos, sociales y culturales.

Asimismo, le recuerda al Estado que la Constitución de la República le manda a adoptar una forma de gobierno Democrática, la cual “supone la no existencia de violaciones a derechos humanos, o vistas las cosas en contrario sensu, que toda violación a un derecho representa un incumplimiento del deber de respeto”[5].

2. Caso Comité Ambiental del Sitio del Niño en contra del Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y el Concejo Municipal de San Juan Opico.

En este mes, la Procuraduría realizó una declaratoria de responsabilidad, por la violación a los Derechos a la Vida Digna, Salud y Medio Ambiente de las y los habitantes del Cantón Sitio del Niño, por falta de diligencia debida en contra del Ministro de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), el Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) y el Concejo Municipal de San Juan Opico. Ante los hechos que se detallarán a continuación.

Desde el año 2005, aproximadamente siete mil doscientas cincuenta personas que habitan en seis comunidades del Cantón Sitio del Niño, están siendo afectadas por la contaminación que genera la fábrica de Baterías de El Salvador, S.A. de C.V., conocida como Baterías Record, debido a la materia prima que utiliza para su elaboración, entre ellos el plomo y ácido, materiales altamente tóxicos, nocivos para la salud humana; y contaminación sónica por los altos decibeles de sonido generados por dicha fábrica.

En el mencionado lugar, se encuentran cinco instituciones educativas, siendo las y los niños el sector poblacional más propenso a adquirir algunas enfermedades identificadas en la zona: infecciones en las vías respiratorias, problemas en los riñones y leucemia.

Para estas alturas, la displicencia estatal ha permitido que aumenten el número de enfermedades respiratorias y renales; además, de lamentar la muerte de un niño y un adulto a consecuencia de la leucemia. También, es preocupante que existan dos personas más diagnosticadas por esta enfermedad mortal, sin que a la fecha, el Estado haya tomado acciones para prevenir el problema que asegure el máximo nivel de salud para la población afectada.

La Universidad Nacional de El Salvador, a través de su personal científico realizó un análisis a una muestra tomada desde un punto de descarga de líquido en la parte posterior de la fábrica de baterías, teniendo como resultado, niveles superiores a los niveles permitidos de concentración de plomo.

De igual manera, la empresa SETISA S.A. de C.V., realizó un estudio en el área sobre niveles de ruido permitidos en los sectores aledaños a la referida fábrica, obteniendo como resultado, niveles de contaminación sónica superiores a los permitidos por la normativa nacional.

Sin embargo, en declaraciones del titular del MARN, desconoció tales resultados, manifestando que: “conocía de las denuncias por contaminación por plomo en el Sitio del Niño, pero que era algo que estaba controlado, ya que la fábrica ha cumplido a la fecha con la normativa nacional e internacional y que lo importante es que la contaminación generada esté dentro de estos parámetros, basándose en los resultados de las auditorias realizadas en la fábrica por el MARN cada tres meses”.

Asimismo, el Alcalde de San Juan Opico brindó declaraciones a los medios de comunicación sobre los hechos graves señalados, desconociendo su competencia legal de “contribuir a la preservación de la salud y de los recursos humanos”[6]. En esencia, manifestó que el Consejo Municipal de la localidad se desvinculaba de cualquier responsabilidad sobre la aplicación de medidas de seguridad, tendientes a evitar emanaciones nocivas en áreas residenciales. Agregó además, que el MARN era la autoridad responsable de aplicarlas.

También, El MSPAS ha dejado mucho que desear con su actuación. Lejos de garantizar el derecho a la salud de las personas, ha irrespetado sus derechos al permitir la ocultación de la verdad, sobre el peligro de contaminación al propio personal de la mencionada fábrica y las personas colindantes al lugar. La Procuraduría ha constatado esta situación y lamenta que todavía existan privilegios particulares, sobre los intereses colectivos afectados.

Pero además, no se agota allí la responsabilidad del MSPAS, la falta de diligencia para evitar la contaminación es preocupante. Existe una normativa que tiene que cumplir dicha cartera del Estado. Una de ellas es, dar autorización para el funcionamiento de fábricas y de establecimientos industriales, siempre que no constituya un peligro para la salud y la vida de las y los trabajadores y de la población en general. En consecuencia, si se esta vulnerando esta finalidad, le corresponde al MSPAS cancelar dichas autorizaciones.

La Procuraduría, lamenta la actitud laxa de las mencionadas autoridades. Se evidencia una permanente violación al deber estatal de garantizar el máximo nivel de salud posible y proteger el medio ambiente, todo esto bajo el concepto amplio de asegurar una vida digna[7], tanto del personal de trabajo de la fábrica como a la población que se encuentra viviendo en sus colindantes.

En la doctrina de los Derechos Humanos y la misma jurisprudencia nacional, se ha venido acuñando la vinculación jurídica entre el derecho a la vida que forma parte de la dimensión de los Derechos Civiles o Individuales, con los derechos a tener el máximo nivel de salud y al medio ambiente sano y equilibrado, pertenecientes a otra dimensión, la de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

En este punto, la Procuraduría lamenta que el Estado no retome lo que su misma Sala de lo Constitucional ha pronunciado sobre la conexión entre los derechos constitucionales de la vida y salud: “[…]El derecho que tiene una persona de gozar de buena salud dada la efectiva y pronta intervención del Estado en su auxilio, se traduce al fin de cuentas en un intento de que la vida se alargue, pero dignamente”[8].

También, se vincula el derecho a la dignidad con el derecho al medio ambiente, de la siguiente manera: “el ser humano tiene derecho a habitar y disfrutar su entorno vital en un régimen de armonía entre lo útil y lo grato, y de acuerdo con sus características naturales y culturales. […] la finalidad de las medidas protectoras del medio ambiente persiguen el libre desarrollo de la personalidad de los individuos así como el mejoramiento en la calidad de vida”[9].

Con lo anterior, se confirma que existe una vinculación jurídica entre el derecho a la vida, salud y medio ambiente. Además, que el Estado estaría inobservando, una de sus principales obligaciones constitucionales, lograr el desarrollo pleno de la personalidad humana. De esta manera, se alarga aún más, la brecha entre la actividad del Estado y sus fines.

Por las anteriores razones, en el caso en comento, la Procuraduría recomendó al MSPAS que realice las medidas adecuadas tendientes a determinar el número de personas contaminadas, y se inicie, a la brevedad posible, el tratamiento médico respectivo a todas estas personas. Asimismo, le exhortó tomar las medidas adecuadas para detener la fuente de contaminación de plomo y otras sustancias, incluso las sónicas, junto con otras instituciones del Estado y, luego, proceda a cancelar la autorización de funcionamiento de la fábrica.

Al MARN, se le recomendó que realice todos los esfuerzos tendientes para determinar técnicamente, y de manera urgente, la contaminación del medio ambiente, producto de las actividades de la fábrica. Además, que inicie el procedimiento administrativo pertinente, para establecer las responsabilidades a que haya lugar y las indemnizaciones de las víctimas, a raíz de la contaminación por plomo producida en la zona.

3. Caso Comisión de Derechos Humanos de El Salvador en contra del Centro Nacional de Registros y otras instituciones del Estado.

En este mes, la Procuraduría emitió una resolución controversial, declarando la responsabilidad del Estado por afectación a los derechos de la propiedad, seguridad jurídica y acceso a la justicia. Tal declaratoria, trascendió las instancias nacionales, certificando las actuaciones a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para los efectos que estime convenientes.

En resumen, los hechos conocidos tienen que ver con la falta del disfrute del derecho a la propiedad de la familia Cruz García. Desde su primera incursión al sistema judicial, hasta la fecha, contabilizan más de 15 años de no obtener justicia. Han recurrido a todas las instancias judiciales, tratando de anular una serie de títulos supletorios que fueron inscritos en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la primera sección de oriente, a pesar que existiera un título de mejor derecho previamente inscrito.

Lamentablemente, el último impasse procesal fue la decisión de la Sala de lo Constitucional al admitir una demanda acumulada en proceso de amparo por afectación al derecho de defensa de treinta personas, y decretar la suspensión del acto reclamado de la última sentencia del mismo tribunal que favoreció a la familia Cruz García, sobre el goce a la propiedad privada de todos los inmuebles de los recurrentes. Proceso que, desde el 2002 se encuentra abierto y pendiente de emitir sentencia.

Además, dentro de este “paseo procesal”, han sido objeto de muchas desavenencias que van desde deficiencias e irregularidades al debido proceso, hasta omisiones al mandato constitucional del Centro Nacional de Registros (CNR), la Fiscalía General de la República (FGR) y Procuraduría General de la República (PGR).

En específico, en la mencionada resolución de la Procuraduría, el Órgano Judicial y el CNR, han sido señalados de incumplir las garantías del debido proceso, e irrespetar el principio de legalidad y el derecho a la seguridad jurídica, en actos puntuales como: inscripción de un título supletorio cuando existe un título con mejor derecho, emitir un título supletorio sin la participación del síndico municipal, a pesar que la Ley lo requiere, admitir testigos que son tachables, etc.

Del mismo modo, al Órgano Judicial se le ha señalado que ha violentado el Derecho al acceso de la justicia, en un análisis global de los procedimientos realizados, ya que son más de 15 años donde las víctimas han ejercido diferentes acciones con el fin de lograr la restitución de su derecho a la propiedad sin obtener una respuesta definitiva. Dicha plazo se vuelve irrazonable, tomando los criterios de complejidad del caso, actividad de los impetrantes y carga de trabajo, enunciados en la jurisprudencia de tribunales internacionales.

También, existen señalamientos a la FGR por omitir investigar en defensa de la legalidad la actuación del Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas mencionado, por haber inscrito indebidamente un título supletorio con irregularidades. Así también, la PGR tiene cuota de responsabilidad al ser señalada como ineficaz, al no utilizar todos los mecanismos a su alcance para lograr una tutela legal y efectiva de la familia Cruz García. Las mismas víctimas, han tenido que buscar servicios de abogacía particulares para ser representados, por la frustración de no ser retomadas sus peticiones por las mencionadas instituciones que conforman el Ministerio Público.

Lo anterior, demuestra que hace falta mucho por hacer para garantizar la vigencia de un Estado de Derecho. Es necesario, que el órgano judicial aplique en sus resoluciones el principio pro homine[10], según el cual debe acudirse a la interpretación más extensiva o aplicación de la norma más amplia para la protección o reconocimiento de derechos; y a la más restringida para la afectación o restricción de los mismos. También es necesario, aplicar para todas las instancias judiciales el principio pro sentencia, según el cual las normas procesales existen y deben interpretarse para facilitar la administración de la justicia y no como obstáculo para alcanzarla[11].

Finalmente, la Procuraduría a parte de recomendar que se restituyan los derechos violentados a la familia Cruz García, también le hace extensiva al Presidente de la Corte Suprema de Justicia realice todas medidas pertinentes para lograr la revisión de la Ley de Casación y la Ley de Procedimientos Constitucionales, a efecto de garantizar a la población el efectivo goce del derecho a recurrir de forma fácil y sencilla conforme a lo dispuesto por la Convención Americana de Derechos Humanos.


[1] Este hecho violatorio se define como las "medidas de carácter ilegal o arbitrario que tienden a privar o entorpecer el derecho al trabajo”, Manual para la Calificación de Violaciones a los Derechos Humanos, PNUD/PDDH, 1997, Pág. 344.

[2] Dentro de la Administración Pública la estabilidad laboral opera distintamente de acuerdo al tipo de cuerpo normativo que regula la relación laboral entre el particular y el Estado. De esta manera, para los contratados por Ley de Salarios su estabilidad laboral es relativa e indefinida, para los contratados por Contrato de Servicios Profesionales, su estabilidad es por un año, etc.

[3] Cfr. Informe especial de la Señora Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, Dra. Beatrice Alamanni de Carrillo, sobre la situación del derecho humano al trabajo en la Administración Municipal, marzo de 2003, numeral 11, página 15.

[4] Tomado de Sentencia dictada en la demanda de Amparo Constitucional No. 151-97, de fecha 08 de diciembre de 1998.

[5] Informe Especial de la Señora Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos sobre la supresión de plazas en el sector público, ocurrida por consecuencia de la aprobación, sanción, promulgación y vigencia de la Ley del Presupuesto General de la Nación (2002), de la Ley de Salarios (2002), y de las reformas a la Ley del Servicio Civil, Pág. 19.

[6] Véase el Código Municipal en el artículo 31, numeral 6.

[7] Cfr. Corte Constitucional de Colombia, Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, sentencia en proceso de acción de tutela, referencia T-1201286. Estableció la importancia del derecho a la vida, como el más trascendente y fundamental de todos los derechos y ha indicado que éste debe interpretarse en un sentido integral de “existencia digna” conforme con lo dispuesto en el artículo 1º Superior, que establece que la República se funda “en el respeto de la dignidad humana.”

[8] Cfr. Corte Suprema de Justicia, Sala de lo Constitucional, sentencia en proceso de amparo, referencia 348-99, caso Jorge Odir Miranda Cortéz en contra la Directora del Instituto Nacional del Seguro Social, del cuatro de abril de dos mil uno.

[9] Cfr. Corte Suprema de Justicia, Sala de lo Constitucional, sentencia en proceso de amparo, referencia 242-2001, caso Angel María Ibarra Turcios en contra de la Ministra de Medio Ambiente y Recursos Naturales, veintiséis de junio de dos mil tres.

[10] Cfr. Pinto, Mónica. “El principio pro hómine”, Criterios de hermenéutica y pautas para la Regulación de los Derechos Humanos. Compilación Martin Abregu y Cristian Courtis, Argentina 1997. “Criterio hermenéutico que informa todo el Derecho de los derechos humanos, en virtud del cual se debe acudir a la norma más amplia o a la interpretación más extensiva, cuando se trata de reconocer derechos protegidos o, inversamente, a la norma o a la interpretación más restringida cuando se trata de establecer restricciones permanentes al ejercicio de los derechos o a su suspensión extraordinaria".

[11] Rodríguez Rescia, Víctor Manuel, El Debido Proceso Legal y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Publicación de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. San José, Costa Rica, 1998.